QUIERO COLABORAR ECONÓMICAMENTE CON LA PLATAFORMA ERRIGOITI-ARRIETA GARBI

Quieres ayudarnos económicamente, ahora puedes hacer donaciones, de forma personal o anónima, indicando"Donación" :

ASCO. ERRIGOITI-ARRIETA GARBI, con NIF: G-95608956
BBK-2095-0007-90-91-1052611-5
FINALIDAD DE LAS APORTACIONES DINERARIAS
La ASOCIACIÓN ERRIGOITI-ARRIETA GARBI, con NIF: G-95608956, se compromete a hacer uso de esta colaboración económica, mientras este proceso esté abierto, o se les anule la autorización "Total" a dicho proyecto.
COMENTARIOS EN ESTE BLOG:
La ASOCIACIÓN ERRIGOITI-ARRIETA GARBI, no se hace cargo, ni asume como propias, las opiniones que las personas libremente escriben, porque considera un valor propio la libertad de expresión.

Creative Commons License
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.

viernes, 30 de diciembre de 2011

Departamento de Medio Ambiente: "Concesión de la autorización Ambiental integrada de la Central de Biomasa"


Información relacionada de  interés:



12 comentarios:

  1. No nos pilla de sorpresa esta noticia.
    Se veía venir, cuando desde el departamento de Medio Ambiente han dejado sin respuesta muchísimas de las alegaciones hechas por la plataforma.
    Porque desde Medio Ambiente se le ha dado la autorización medioambiental al proyecto de la central como si ésta fuera a instalarse SIN TOCAR EL SUELO, EN UNA BURBUJA FLOTANDO EN EL AIRE, LEJOS DE CUALQUIER NÚCLEO DE POBLACIÓN, Y LEJOS DE UN POLÍGONO DONDE SUS PROPIAS NORMAS LO PROHÍBEN.
    Sólo así se pueden entender algunas de las respuestas dadas: “todo lo que se refiere a las normas del polígono no atañen al proyecto de la central, eso es un asunto administrativo”.

    ResponderEliminar
  2. No nos asustan.
    ¿De verdad pensarán que tienen la razón porque Medio Ambiente haya dado la autorización ambiental a la central?
    Ellos sabrán en qué se han metido; todos los lobbys (gubernamentales, empresariales y políticos) que están compinchados en este proyecto ilegal.
    Ya veremos cómo se enfrentan ante la justicia. La explosión que cause ese ‘globo’ con la central dentro será digna de ver.

    ResponderEliminar
  3. Diario de Navarra. miércoles 1 de agosto de 2007

    “UNA SENTENCIA DEL SUPREMO DECLARA ILEGAL LA PLANTA DE BIOMETANIZACIÓN DE ARANZURI”

    “La planta se ha ejecutado al 70% y cuesta más de 18 millones”
    “…el Supremo considera que el proyecto NO RESPETÓ LA NORMATIVA que PROHIBE INSTALAR una planta de estas características A MENOS DE 2.000 metros de un casco urbano.

    El segundo argumento del alto tribunal para declarar ilegal el proyecto es que el estudio de impacto ambiental NO INCLUYÓ UN INFORME SOBRE POSIBLES ALTERNATIVAS A ESTE EMPLAZAMIENTO”

    ResponderEliminar
  4. Y encima y además de no cumplir TODA la Normativa,
    resulta que el firmante del Gobierno Vasco de tal Autorización,forma parte de una multinacional con o junto a, al propietario de la Central.
    Así cualquiera... mas claro el agua.
    ¡¡¡Que no hay tanto pan para tanto chorizo !!!

    ResponderEliminar
  5. Molesto si pregunto?2 de enero de 2012, 23:43

    “todo lo que se refiere a las normas del polígono no atañen al proyecto de la central, eso es un asunto administrativo”. Dice la RESOLUCIÖN, sin embargo leed lo que dice la Subdirección de Salud Pública de Bizkaia (Dptº de Sanidad y Consumo G.Vasco) en su escrito de Ref SA/CM de 9 de Agosto de 2010
    Asunto: Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto de Urbanización del Sector Industrial de Malluki promovido por Garaunza, S.L.
    "...no queda claro sin embargo,dada la redacción del documento, si el estudio de EIA del proyecto comprenderá únicamente la obra y sus impactos, o también tendrá en cuenta la fase de explotación que necesariamente generará unos impactos diferentes...donde se ubicará a lo largo del tiempo actividades industriales de distinta naturaleza. Por ejemplo está ya prevista la instalación de una actividad de generación de energía eléctrica...ella misma sometida al procedimiento de EIA.
    En consecuencia, este aspecto debe quedar claramente definido y justificado en el ámbito y alcance del EIA" (se sobrentiende del polígono)¡¡¡NI QUEDÓ DEFINIDO NI JUSTIFICADO!!!
    OJO, todo esto lo decía la Subdirección de Salud Pública del Gobierno Vasco pero Medio Ambiente no lo quiso tener en cuenta y eso que quedó bien reflejado en las correspondientes ALEG----ACIONES.
    Claro, se las pasaron por debajo de las aciones
    A esta gente le importa un carajo la SALUD PUBLICA. y ahí está la explicación;el Gobierno Vasco tiró para adelante y aquí me las den todas, claro si el que firma y el otro que es el dueño están en el mismo saco...
    Mas claro el agua
    Espero que les explote en la cara

    ResponderEliminar
  6. Yo también he oído por ahí que el señor que firma la resolución, el señor Escala Urdapilleta, no es trigo limpio. Por lo que dicen, debe compartir negocio o negocios con el promotor de la Planta de Biomasa, el tal Monasterio Larrinaga. ¡Qué casualidad! ¿No? “Cuando el rio suena…”

    ResponderEliminar
  7. los jueces dictan también !!3 de enero de 2012, 16:40

    Bueno,
    ¿y que hace falta para denunciarlos en la prensa y en los juzgados?

    Parece que esta plataforma es Don Quijote... ellos utilizan la legalidad y.. lo que haga falta.. y nosotros... ¿podemos continuar sin denunciar a esta gente?.

    ResponderEliminar
  8. CREYENTE INDIGNADO3 de enero de 2012, 23:18

    Si es verdad (y yo lo creo) que Medio Ambiente del Gobierno Vasco ha dicho “todo lo que se refiere a las normas del polígono NO atañen al proyecto de la central, eso es un asunto administrativo” y también es cierto (y yo también lo creo) que Subdirección de Salud Pública de Bizkaia (Dptº de Sanidad y Consumo G.Vasco) en su escrito de Ref SA/CM de 9 de Agosto de 2010 ha dicho que para dar Resolución favorable al Poligono, se tenía que haber tenido en cuenta la prevista instalación de una actividad de generación de energía eléctrica también sometida al EIA y antes de dar Resolución sobre la Central dió su visto bueno al Polígono, se saca en conclusión que Medio Ambiente del Gobierno Vasco (lease Juan Ignacio Escala Urdapilleta, Sra Leturiondo Viceconsejera, etc, etc "a priori" ya tenían tomada la decisión sobre el Polígono, sobre la Central y sobre todo aquello que se moviera, sacara la cabeza, protestara, o se opusiera a los intereses de un Sr. que parece ser (y sigo creyéndomelo) forma parte, o es compañero como Directivo, Apoderado, etc de una GRAN EMPRESA JUNTO AL DIRECTOR DE CALIDAD MEDIO AMBIENTAL DEL GOBIERNO VASCO Y QUE ES EL QUE HA IDO FIRMANDO FAVORABLEMENTE LAS DOS RESOLUCIONES.
    ¿Pues que os creíais vosotros "pringaos", que en este tipo de negocios y a nuestras alturas, ibamos a dejaros salir con la vuestra?
    ¡¡¡Vamos anda!!! no os lo creiais ni vosotros.

    ResponderEliminar
  9. Prevaricación.
    (Del lat. praevaricatĭo, -ōnis).
    1. f. Der. Delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario.

    ResponderEliminar
  10. Quiero entender que las expresiones que al final del comentario hecho por -Creyente indignado-
    "¿Pues que os creíais vosotros "pringaos", que en este tipo de negocios y a nuestras alturas, ibamos a dejaros salir con la vuestra?
    ¡¡¡Vamos anda!!! no os lo creiais ni vosotros."...
    son las que pronunciarían cualquiera de ellos, de forma individual o en "petite comitê" entre ellos mientras arreglaban el reparto ¿no?
    Si así es, VALE tio.

    ResponderEliminar
  11. Corrupción.
    (Del lat. corruptĭo, -ōnis).
    Der. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.

    ResponderEliminar
  12. Sabemos que la concesión de Autorización Ambiental Integrada por parte de Juan Ignacio Escala Urdapilleta (Medio Ambiente) no es una gestión limpia.
    Tenemos la conciencia muy tranquila, y un futuro esperanzador. Torres más altas han caído, y otras están al caer. Ellos se lo han buscado.

    ALGUNAS SENTENCIAS LO DICEN TODO.

    30-04-2008 Palencia.-
    “El Juzgado del Contencioso de Palencia ha desestimado la declaración de Impacto Medioambiental del proyecto de la incineradora de biomasa en Baltanás (Palencia), al considerar que NO RESPETA LA DISTANCIA MÍNIMA CON LAS VIVIENDAS HABITADAS y tampoco se ajusta a la norma en cuanto a la emisión de sustancias”

    2008-01-10
    Castejongo zentral bat handitzeko baimena baliogabetu dute, herritik hurbil dagoelako.

    Hidrocantabrico enpresaren zentrala Castejondik 500 metrora dago, eta 2.000 metrora egon beharko luke.
    ASIER AZPILIKUETA. Iruñea

    •«Zentralak handitzeko auzia galdua dute, askoren harridurarako», herritik gertuegi dagoelako. Arrazoi hori eman du Nafarroako Justizia Auzitegi Gorenak, Hidrocantabrico enpresak Castejonen (Nafarroa) duen zentral termikoaren handitzea baliogabetzeko. Izan ere, zentralaren eta Castejonen artean, GUTXIENEZ, 2.000 METROKO DISTANTZIA EGON BEHARKO LUKE. ETA EZ DAGO."

    ResponderEliminar

Y tú que Opinas :-?